¿Cómo pagar las tasas de las oposiciones?

Si has tomado la decisión de presentarte a unas oposiciones, probablemente se presenten una serie de dudas sobre los trámites que debes llevar a cabo y qué papeleo debes tener en cuenta para inscribirte a una oposición correctamente. En este post, te explicamos uno de esos trámites: las tasas de oposiciones. Un proceso con el que se debe ser especialmente cuidadoso, ya que un error podría dejarte fuera de las oposiciones.

Estas tasas de oposiciones se corresponden con las tasas de examen, que son el tributo que los candidatos deben pagar para examinarse en unas oposiciones al empleo público de cualquier institución del estado.  Aunque existen casos excepcionales, donde no es necesario pagar para realizar estas pruebas. Por ejemplo, están exentas las personas que presentan una discapacidad o aquellos opositores que se encuentren en situación de desempleo.

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¿Dónde se pagan las tasas de oposiciones?

Normalmente, su pago se realiza a la hora de inscribirse y la cantidad varía en función del grupo al que pertenezca la oferta de empleo público convocada y de las comunidades autónomas o localidades. En ese sentido, las tasas pueden oscilar entre los 2 euros o hasta los 300 euros, ya que hay algunos ayuntamientos que aprovechan los derechos de examen como medida recaudatoria, generando tasas exageradas. Sin embargo, la mayoría de tasas no suelen superar los 100 euros.

¿Cómo pagar las tasas para oposiciones?

  1. Para realizar el pago de las tasas de examen será necesario el modelo 790. Se trata de un impreso que permite el abono de tasas en cualquier banco o caja que actúe como entidad colaboradora. Normalmente, el modelo 790 de oposición suele estar disponible para descargarlo en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
  2. El plazo de presentación de esta solicitud es de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  3. En cada convocatoria se indicarán las instrucciones específicas para cumplimentar los campos previstos en el modelo de solicitud.
  4. Personas exentas del pago de esta tasa:
  5. Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar la solicitud el certificado que acredite tal condición.
  6. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Se deberá acreditar a través de una certificación que expedirá la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal, y que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En este último caso, se acreditará mediante una declaración jurada en la que se afirme que no se perciben rentas superiores al SMI.
  7. Familias numerosas.
  8. Las solicitudes se podrán presentar, de manera telemática, a través del Registro Telemático. En este caso, el pago de la tasa de derechos de examen también se realizará de forma telemática.
  9. También se podrá presentar en los lugares que se indiquen en las bases de la convocatoria.

¿Por qué hay que pagar tasas de oposiciones?

El objetivo de estas tasas de examen es poder cubrir los gastos que conlleva la celebración de unas oposiciones y de ahí que se cobren tanto si se aprueba como si no, porque los gastos son los mismos.  El personal de gestión, el alquiler de la sala donde tendrá lugar el examen, el papeleo, etc. serán algunos de los gastos que justifican dichas tasas.

Por lo general, el precio de las tasas se conoce en el momento de la solicitud de inscripción o en el plazo de 20 vías de esta presentación. El precio, como se ha comentado anteriormente, oscilará entre unas oposiciones y otras, y se tendrán en cuenta las categorías profesionales y las comunidades autónomas donde se celebren.

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